Política de envío

Política de envío

Política de Envíos de Inmuebles

En atención a las normativas legales aplicables en Colombia y los principios generales del derecho reconocidos a nivel internacional, se informa a nuestros clientes y usuarios que, debido a la naturaleza única de los inmuebles, no aplican políticas de envío para este tipo de bienes.

De acuerdo con el Artículo 654 del Código Civil Colombiano, un inmueble es un bien raíz, es decir, un producto que por su naturaleza está fijo al suelo y no puede ser trasladado. Esta característica intrínseca de los inmuebles los diferencia de los bienes muebles o servicios, los cuales sí pueden ser objeto de envío o transporte.

A nivel internacional, principios similares se aplican bajo el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG, por sus siglas en inglés), la cual excluye expresamente a los bienes inmuebles de su ámbito de aplicación, ya que estos están sujetos a regulaciones locales y a su condición de bienes no transportables.

En consecuencia, y en atención a las disposiciones legales vigentes, no aplican políticas de envío para inmuebles, dado que estos no pueden ser trasladados ni entregados físicamente como parte de un proceso logístico. La entrega de un inmueble se realiza mediante la formalización del contrato de compraventa y su posterior inscripción en la oficina de registro de instrumentos públicos, conforme a la ley colombiana.

Agradecemos su comprensión y quedamos a disposición para aclarar cualquier inquietud adicional.

Atentamente,
Inmobiliaria Charco Azul S.A.S